Un puente terminado, una retroexcavadora sin dueño claro, y cuatro dilemas sobre si existe, o no, un activo o un pasivo.
Trabaje primero la versión Estudiante y responda las preguntas de discusión antes de revelar la Nota de Enseñanza al final de esta página.
Nota para el lector
Este caso continúa la escena narrada al inicio de la Guía de Estudio de esta misma sesión: Constructora Illampu S.A. acaba de terminar un puente peatonal para el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y se prepara para cerrar sus estados financieros anuales. Todos los hechos, personas y empresas de este caso son ficticios y fueron construidos con fines pedagógicos; no describen clientes ni situaciones reales de Crestwood Corporate Partners S.R.L., ni de ninguna constructora boliviana real.
Cómo está construido: esta es la cuarta aparición consecutiva de Camila Rivas como analista de Crestwood (Sesión 6: aprendió el método de cuatro fases; Sesión 7: lo aplicó con ayuda a un negocio en marcha; Sesión 8: lo aplicó ya con soltura propia a cuatro dilemas de características cualitativas). Aquí Camila lidera la conversación casi por completo, y Guillermo interviene principalmente para introducir los párrafos exactos del Capítulo 4 cuando la intuición de Camila necesita un fundamento textual preciso. El caso no cierra del todo las cuatro resoluciones técnicas: tu trabajo, al leerlo, es evaluar el razonamiento y responder las preguntas de discusión del final con tu propia posición.
I. Un puente terminado y cuatro preguntas que no son de plata, sino de definiciones
Constructora Illampu S.A. es una empresa boliviana de construcción de infraestructura, con sede en La Paz, fundada en 2006 por el ingeniero civil Mauricio Choque. Ejecuta obras para clientes privados y para gobiernos municipales y departamentales. La empresa acaba de entregar un puente peatonal al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto —su obra pública de mayor visibilidad hasta la fecha— y se prepara para cerrar sus estados financieros anuales bajo NIIF Plenas. Illampu es un cliente nuevo de Crestwood Corporate Partners S.R.L.
Anexo 1. Correo de Mauricio Choque (fundador y gerente general, Constructora Illampu S.A.) a Crestwood, 3 de agosto de 2026
II. Dilema 1 — la retroexcavadora que nadie sabe de quién es
Anexo 2. Nota de campo de Camila, tras visitar la obra
Camila encontró que la retroexcavadora usada durante toda la construcción del puente pertenece, legalmente, a Maquinarias Andinas S.R.L., una empresa de la misma familia Choque (hermano de Mauricio como socio principal). No existe contrato de arrendamiento escrito, ni factura mensual, ni ningún documento formal entre ambas empresas.
4.20 Una entidad controla un recurso económico si tiene la capacidad presente de dirigir el uso del recurso económico y obtener los beneficios económicos que pueden proceder de éste. El control incluye la capacidad presente de impedir que terceros dirijan el uso del recurso económico y la obtención de los beneficios económicos que pueden proceder de éste.
4.22 El control de un recurso económico habitualmente surge de la capacidad de exigir los derechos legales. Sin embargo, el control puede surgir también si una entidad tiene otros medios de asegurar que tiene la capacidad presente [...] de dirigir el uso del recurso económico y obtener los beneficios que pueden proceder de éste.
III. Dilema 2 — la demanda que el abogado dice que 'casi seguro' no se pierde
Anexo 3. Extracto del informe del abogado externo de Illampu, remitido a Camila
Un proveedor de acero, Aceros del Illimani S.R.L., demandó a Constructora Illampu S.A. por Bs 240,000, alegando incumplimiento de un contrato de suministro durante la obra del puente. El abogado externo de Illampu evaluó el caso.
4.37 Para satisfacer este criterio, la obligación debe tener el potencial de requerir que la entidad transfiera un recurso económico a un tercero [...]. Para que exista ese potencial, no se necesita que sea cierto, ni siquiera probable, que se vaya a requerir que la entidad transfiera un recurso económico [...].
4.38 Una obligación puede cumplir la definición de un pasivo incluso si la probabilidad de transferir un recurso económico es baja. No obstante, esa baja probabilidad puede afectar decisiones sobre qué información proporcionar sobre el pasivo y cómo facilitarla, incluyendo decisiones sobre si se reconoce el pasivo [...], y cómo medirlo.
IV. Dilema 3 — la garantía que Illampu nunca ha roto en quince años
Anexo 4. Extracto de la política publicada de Constructora Illampu S.A. (sitio web y todas sus propuestas de licitación)
El contrato firmado con el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto exige, por ley boliviana, una garantía de defectos estructurales de un año desde la entrega de la obra. Sin embargo, la política publicada de Illampu —repetida en su sitio web y en las cuarenta y dos propuestas de licitación que ha presentado en quince años— promete tres años de garantía estructural total, y la empresa nunca ha incumplido esa promesa en ninguna de sus obras anteriores.
4.31 Muchas obligaciones se establecen por contrato, legislación o medios similares y son legalmente exigibles por la parte (o partes) a quienes se les deben. Las obligaciones pueden también surgir, sin embargo, de las prácticas tradicionales de una entidad, políticas publicadas o declaraciones específicas, si la entidad no tiene la capacidad práctica de actuar de forma incongruente con esas prácticas, políticas o declaraciones. La obligación que surge en estas situaciones se describe, a menudo, como una 'obligación implícita'.
4.34 [...] en algunos casos, una entidad puede no tener la capacidad práctica de evitar una transferencia si cualquier acción que pudiera tomar para evitarla tuviera consecuencias económicas significativamente más adversas que la transferencia misma. Sin embargo, ni la intención de realizar una transferencia, ni una alta probabilidad de ésta, es razón suficiente para concluir que la entidad no tiene la capacidad práctica de evitar dicha transferencia.
V. Dilema 4 — el contrato de acero que hoy le conviene a Illampu
Anexo 5. Extracto del contrato a futuro de suministro de acero, firmado hace seis meses
Hace seis meses, Constructora Illampu S.A. firmó un contrato a futuro con un proveedor para comprar 500 toneladas de acero de refuerzo, a un precio fijo de Bs 8,500 por tonelada, con entrega en ocho meses, para un proyecto que todavía no ha comenzado. Ninguna de las dos partes ha entregado ni pagado nada todavía. El precio de mercado del acero ha subido, desde entonces, a Bs 10,200 por tonelada.
4.56 Un contrato pendiente de ejecución es un contrato [...] que está sin realizar en partes iguales—ninguna parte ha cumplido ninguna de sus obligaciones [...].
4.57 Un contrato pendiente de ejecución establece un derecho y una obligación combinados para intercambiar recursos económicos. El derecho y obligación son interdependientes y no pueden separarse. Por ello, el derecho y la obligación combinados constituyen un activo o pasivo único. La entidad tiene un activo si los términos del intercambio le son favorables en este momento [...]. Incluir o no un activo o pasivo en los estados financieros depende de los criterios de reconocimiento [...] y de la base de medición [...] seleccionada.
VI. Cierre — el memorando que Camila todavía está redactando
Al cierre de la jornada, Camila tenía una posición clara sobre la existencia de los cuatro elementos, pero no sobre su reconocimiento ni su medición.
El memorando final para Mauricio Choque, con el tratamiento de reconocimiento y medición de los cuatro elementos, queda pendiente de las Sesiones Globales N° 10 y 11 de este programa. Las preguntas de discusión que siguen te invitan a construir, tú mismo, un primer borrador de ese memorando —solo en la parte de definición— antes de compararlo con el análisis que hizo el equipo de Crestwood.
VII. Preguntas para la discusión
Para trabajar en grupo o de forma individual (no hay una única respuesta correcta):
- En el Dilema 1, Camila concluye que Illampu controla la retroexcavadora pese a no tener propiedad legal ni contrato escrito. Identifique, con sus propias palabras, los dos elementos del párrafo 4.20 que Illampu sí cumple, y explique por qué el párrafo 4.25 (agente y principal) no cambia esa conclusión en este caso.
- Proponga usted mismo una variación del Dilema 1 en la que Maquinarias Andinas S.R.L. SÍ conservara el control del recurso económico (por ejemplo, cambiando algún hecho del relato), y explique qué tendría que ser distinto para que Illampu no controlara la máquina.
- En el Dilema 2, el abogado externo estima una probabilidad de pérdida del 10%. Explique por qué, bajo el Marco Conceptual de 2018, esa baja probabilidad no impide que exista un pasivo, y por qué esta misma situación se habría analizado de forma distinta bajo el Marco de 1989/2010 (revise la Sección 10 de la Guía de Estudio de esta sesión antes de responder).
- En el Dilema 3, Mauricio Choque afirma que dejar de cumplir la garantía extendida 'perjudicaría mucho' el negocio, pero el párrafo 4.34 aclara que ni la intención ni la alta probabilidad de seguir cumpliendo bastan por sí solas. ¿Qué evidencia adicional, más allá de la ya mencionada en el caso, recomendaría usted documentar para sustentar que Illampu no tiene capacidad práctica de evitar la garantía extendida?
- En el Dilema 4, calcule usted mismo el valor favorable del contrato de acero si el precio de mercado, en lugar de subir a Bs 10,200, hubiera bajado a Bs 7,800 por tonelada. ¿El contrato seguiría cumpliendo la definición de un elemento de los estados financieros? Si es así, ¿de cuál?
- Guillermo insiste, en los cuatro dilemas, en separar 'existe el elemento' de 'se reconoce en libros'. Elija uno de los cuatro dilemas y explique, en sus propias palabras, qué información adicional necesitaría un lector de los estados financieros de Illampu para decidir si ese elemento debería reconocerse (sin resolver todavía esa pregunta — solo identifique qué información haría falta).
- Compare el Dilema 2 (pasivo de baja probabilidad) con el Dilema 3 (obligación implícita). Ambos requieren juicio profesional para determinar si existe una obligación presente. ¿En cuál de los dos le parece más difícil, en la práctica, evitar que el juicio profesional se contamine con lo que la gerencia PREFERIRÍA que fuera la conclusión? Justifique.
- El caso cierra sin resolver reconocimiento ni medición. Elija uno de los cuatro dilemas y escriba usted mismo, en no más de 150 palabras, cómo explicaría a Mauricio Choque —que no es contador— por qué 'existe el elemento' no es lo mismo que 'debe aparecer en el balance por un monto específico'.
NOTA DE ENSEÑANZA
1. Sinopsis del caso
Constructora Illampu S.A., empresa boliviana de infraestructura fundada por el ingeniero Mauricio Choque, acaba de entregar un puente peatonal al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y cierra su balance anual bajo NIIF Plenas. Su contador interno aplica una regla informal —'sin factura, no hay activo ni pasivo'— a cuatro situaciones que Crestwood Corporate Partners S.R.L. es contratada para resolver: (1) si una retroexcavadora usada sin contrato escrito, propiedad legal de una empresa hermana del mismo grupo familiar, es un activo de Illampu por control de facto; (2) si una demanda de un proveedor de acero por Bs 240,000, con una probabilidad de pérdida estimada del 10% por el abogado externo, cumple la definición de un pasivo pese a su baja probabilidad; (3) si una garantía estructural extendida de tres años —dos años más allá del mínimo legal de uno—, publicada y cumplida sin excepción en 42 obras a lo largo de 15 años, constituye una obligación implícita; y (4) si un contrato a futuro de compra de acero, firmado hace seis meses y hoy favorable por la subida del precio de mercado, constituye un activo pese a que ninguna parte ha entregado ni pagado nada todavía. Camila Rivas, en su cuarta aparición consecutiva en el programa, lidera el análisis con considerable autonomía, y Guillermo interviene principalmente para anclar cada conclusión en el párrafo textual exacto del Capítulo 4 del Marco Conceptual. El caso termina deliberadamente sin resolver reconocimiento ni medición, dejando esa resolución para las Sesiones Globales N° 10 y 11.
2. Objetivos de aprendizaje
3. Ubicación curricular
Corresponde al Módulo 1, Sesión Global N° 9 del Programa Integral de Estudio NIIF (Elementos de los estados financieros — Capítulo 4 del Marco Conceptual del IASB, versión 2018), tercera sesión temática del módulo de Marco Conceptual tras las Sesiones Globales N° 7 (objetivo de los EEFF y usuarios principales) y N° 8 (características cualitativas). Acompaña a la Guía de Estudio, al documento de Jurisprudencia y al Excel interactivo de esta misma sesión, que comparten los mismos personajes, empresa y cifras. Aplica el método de cuatro fases presentado en la Sesión Global N° 6 y ya practicado en las Sesiones 7 y 8. Es, además, la base conceptual directa de las Sesiones 10 (reconocimiento y baja en cuentas) y 11 (bases de medición): los cuatro dilemas de este caso se retoman explícitamente en ambas sesiones futuras para resolver su reconocimiento y medición.
4. Plan de discusión sugerido (90 minutos)
| Bloque | Minutos | Contenido |
|---|---|---|
| Apertura | 10 | Contexto: quién es Constructora Illampu S.A., y por qué las cuatro situaciones de Mauricio no son preguntas de cuánto sino de si existe o no un elemento. |
| Dilema 1 — Control sin propiedad legal | 15 | Discusión de las preguntas 1 y 2. Énfasis en que el control (4.20) no exige propiedad legal (4.22), y en distinguir esto del escenario agente-principal (4.25). |
| Dilema 2 — Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidad | 20 | Discusión de la pregunta 3. Es el punto conceptual más denso del caso: por qué el Marco 2018 separó definición de reconocimiento, a diferencia del Marco 1989/2010. |
| Dilema 3 — Obligación implícita | 20 | Discusión de la pregunta 4. Énfasis en que ni la intención ni la alta probabilidad (4.34) bastan; se requiere evidencia de ausencia de capacidad práctica de evitar. |
| Dilema 4 — Contrato pendiente de ejecución favorable | 15 | Discusión de las preguntas 5 y 6. |
| Cierre y síntesis | 10 | Discusión de las preguntas 7 y 8: cada grupo redacta su propia explicación de la distinción definición/reconocimiento antes de revelar el epílogo sugerido. |
5. Análisis sugerido por pregunta de discusión
| Pregunta | Línea de análisis sugerida |
|---|---|
| 1 | Illampu cumple los dos elementos del párrafo 4.20: (a) capacidad presente de dirigir el uso del recurso (decide cuándo, dónde y cómo se usa, sin autorización previa); y (b) capacidad de obtener sus beneficios económicos e impedir que terceros lo hagan (ni Maquinarias Andinas ni nadie más ha dirigido su uso ni se ha beneficiado de ella en cuatro años). El párrafo 4.25 no cambia la conclusión porque Illampu no está custodiando la máquina en nombre y para beneficio de un principal — es exactamente el escenario inverso: Illampu es quien dirige el uso y obtiene los beneficios de forma exclusiva. |
| 2 | Ejercicio abierto de variación del caso. Una respuesta razonable: si Maquinarias Andinas pudiera reclamar la máquina en cualquier momento para usarla en sus propias obras, o si Illampu necesitara autorización previa para cada uso, entonces Maquinarias Andinas retendría la capacidad de dirigir el uso y de impedir que Illampu lo hiciera exclusivamente — en ese caso, Illampu no controlaría el recurso en el sentido del párrafo 4.20. |
| 3 | Bajo el Marco 2018 (párrafos 4.37-4.38), una obligación cumple la definición de pasivo si tiene el potencial de requerir una transferencia, sin que se exija que sea cierto ni probable — el 10% de probabilidad no elimina la definición, solo afecta la decisión posterior de reconocimiento y medición (Capítulo 5, Sesión 10). Bajo el Marco de 1989/2010, la propia definición de pasivo incorporaba la frase 'la entidad ESPERA desprenderse de recursos', lo que llevaba a muchos profesionales a interpretar 'esperado' como un umbral de probabilidad y a concluir, incorrectamente según el criterio actual, que una probabilidad del 10% ni siquiera generaba un pasivo que mencionar. Los Fundamentos de las Conclusiones (FC4.9, FC4.14) documentan que el Consejo eliminó deliberadamente esa ambigüedad. |
| 4 | Se espera que el estudiante reconozca que la intención y la alta probabilidad de seguir cumpliendo la garantía NO bastan, por sí solas (párr. 4.34); se necesita evidencia de que las consecuencias de romper el patrón serían significativamente más adversas que seguir cumpliéndolo. Evidencia adicional razonable: contratos de licitación pública que exigen historial de cumplimiento de garantías como requisito de elegibilidad, cartas de clientes anteriores confirmando el cumplimiento de la garantía extendida, o políticas internas de la empresa que documenten el compromiso como estándar corporativo no negociable. |
| 5 | Con un precio de mercado de Bs 7,800 (por debajo del precio contractual de Bs 8,500), el contrato le sería DESFAVORABLE a Illampu (compraría por encima del mercado). Bajo el párrafo 4.57, el contrato seguiría siendo un contrato pendiente de ejecución, pero ahora constituiría un PASIVO de Illampu, no un activo — el derecho y la obligación combinados son un elemento único cuyo signo (activo o pasivo) depende de si los términos le son favorables o desfavorables en cada momento. |
| 6 | Ejercicio abierto. Para el Dilema 4, por ejemplo, un lector necesitaría saber si el contrato es o no un instrumento financiero derivado bajo NIIF 9 (lo que determinaría si debe medirse a valor razonable con cambios en resultados incluso antes de la entrega), o si la naturaleza del acero como insumo operativo lo mantiene fuera del alcance de NIIF 9 y sujeto a las reglas generales de reconocimiento de contratos pendientes de ejecución — información que el Capítulo 4 no resuelve por sí solo. |
| 7 | Ejercicio de discusión abierta. Una línea de análisis válida: el Dilema 3 (obligación implícita) es más vulnerable a la contaminación del juicio profesional por la preferencia de la gerencia, porque depende enteramente de una evaluación cualitativa de 'capacidad práctica de evitar' sin un ancla numérica externa (como sí la tiene, parcialmente, el 10% del abogado externo en el Dilema 2); la gerencia podría verse tentada a minimizar la fuerza de su propio patrón de cumplimiento para evitar reconocer un pasivo. |
| 8 | Ejercicio abierto de redacción; la Sección 6 de la Nota de Enseñanza da la resolución técnica completa de cada dilema como referencia para calificar las explicaciones que escriban los estudiantes. |
6. Resolución técnica completa de los cuatro dilemas (revelar solo al cierre de la discusión)
Dilema 1 — Control sin propiedad legal
La retroexcavadora, aunque de propiedad legal de Maquinarias Andinas S.R.L., es un activo de Constructora Illampu S.A. bajo el Marco Conceptual, porque Illampu tiene la capacidad presente de dirigir su uso y obtener sus beneficios económicos, y ningún tercero —ni siquiera su propietaria legal— tiene esa capacidad de forma simultánea (párrafo 4.20). El control puede surgir de medios distintos a los derechos legales exigibles (párrafo 4.22), y el escenario no corresponde a una relación agente-principal del párrafo 4.25, porque Illampu no custodia el recurso en nombre de un tercero, sino que dirige su uso y obtiene sus beneficios de forma exclusiva y autónoma. Conclusión: la ausencia de contrato escrito no es, por sí sola, razón para descartar la existencia de un activo.
Dilema 2 — Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidad
La demanda de Aceros del Illimani S.R.L. por Bs 240,000, pese a la baja probabilidad de pérdida estimada por el abogado externo (10%), cumple la definición de un pasivo bajo el Marco Conceptual de 2018: existe una obligación con el potencial de requerir una transferencia de recursos económicos, y ese potencial no requiere ser cierto ni probable (párrafos 4.37-4.38). La baja probabilidad afecta únicamente las decisiones posteriores de reconocimiento (Capítulo 5) y medición (Capítulo 6), no la existencia del elemento. Esto contrasta explícitamente con el enfoque del Marco de 1989/2010, cuya propia definición de pasivo incorporaba el concepto de flujo 'esperado' de recursos, generando la confusión —documentada en FC4.3 y FC4.9— de que la baja probabilidad excluía la definición misma.
Dilema 3 — Obligación implícita
La garantía estructural extendida de tres años —dos años más allá del mínimo legal de uno— constituye una obligación implícita bajo el párrafo 4.31: surge de una práctica tradicional y una política publicada, y las consecuencias de romper ese patrón (pérdida de elegibilidad en licitaciones públicas futuras, daño reputacional severo tras la entrega de su obra pública más visible) son, según el testimonio documentado de Mauricio Choque, significativamente más adversas que seguir cumpliéndola (párrafo 4.34). Ni la mera intención de Illampu de seguir cumpliendo, ni la alta probabilidad de que lo haga, bastarían por sí solas (párrafo 4.34) — es la evidencia concreta de las consecuencias adversas de incumplir lo que sustenta la conclusión de que existe una obligación presente.
Dilema 4 — Contrato pendiente de ejecución favorable
El contrato a futuro de compra de 500 toneladas de acero a Bs 8,500 por tonelada, frente a un precio de mercado de Bs 10,200, es un contrato pendiente de ejecución (párrafo 4.56, pues ninguna parte ha cumplido ninguna obligación) que hoy es favorable a Illampu, y por tanto constituye, conceptualmente, un activo único e inseparable (derecho y obligación combinados, párrafo 4.57), con un valor favorable potencial de Bs 850,000 (500 toneladas × Bs 1,700 de diferencia). Si el precio de mercado bajara por debajo del precio contractual, el mismo contrato se convertiría en un pasivo. En ambos casos, si el elemento se reconoce en los estados financieros primarios, y por qué importe, depende de los criterios de reconocimiento y medición de los Capítulos 5 y 6 — expresamente fuera del alcance de esta sesión.
7. Vinculación técnica-normativa
| Dilema | Concepto central del Capítulo 4 | Referencia normativa principal |
|---|---|---|
| 1 — Retroexcavadora sin contrato | Control de un recurso económico (activo) | Marco Conceptual, párr. 4.19-4.25 |
| 2 — Demanda de Aceros del Illimani (10% de probabilidad) | Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidad | Marco Conceptual, párr. 4.36-4.38; FC4.9, FC4.14 |
| 3 — Garantía extendida de tres años | Obligación implícita; capacidad práctica de evitar | Marco Conceptual, párr. 4.28-4.35; FC4.49-FC4.57 |
| 4 — Contrato a futuro de acero | Contrato pendiente de ejecución | Marco Conceptual, párr. 4.56-4.58 |
8. Epílogo sugerido (revelar solo al cierre de la discusión)
Como construcción pedagógica para cerrar la discusión, puede plantearse que Camila y Guillermo prepararon, en las semanas siguientes, un memorando de definición para Mauricio Choque con las cuatro conclusiones de la Sección 6 de esta Nota de Enseñanza, dejando explícitamente pendiente —y programada para las próximas dos asesorías— la resolución de reconocimiento y medición de cada elemento. Puede preguntarse al grupo qué habría pasado si Illampu hubiera seguido la regla informal de su contador ('sin factura, no hay nada'): ¿qué información relevante habría quedado invisible para el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, para un banco, o para cualquier otro usuario principal de sus estados financieros?
9. Rúbrica de evaluación (si el caso se usa como evaluación escrita)
| Nivel | Descripción |
|---|---|
| Básico | Identifica que las cuatro situaciones de Illampu podrían ser activos o pasivos, pero se apoya en la regla informal de 'hay o no hay factura' en lugar de aplicar los criterios textuales del Capítulo 4. |
| Intermedio | Aplica correctamente el criterio de control (Dilema 1) y de contrato pendiente de ejecución (Dilema 4), pero concluye erróneamente que la baja probabilidad del Dilema 2 excluye la definición de pasivo, o no distingue con precisión obligación implícita de mera intención en el Dilema 3. |
| Experto | Aplica con precisión los tres criterios acumulativos de la definición de pasivo, distingue con claridad definición de reconocimiento en los cuatro dilemas sin resolver prematuramente esta última, y explica correctamente por qué el Marco 1989/2010 habría tratado el Dilema 2 de forma distinta, citando los párrafos de los Fundamentos de las Conclusiones pertinentes. |