Constructora Illampu S.A. y la máquina de nadie
Módulo 1 · Caso Harvard · Sesión Global N° 9
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Módulo 1 · Caso Harvard · Sesión Global N° 9

Constructora Illampu S.A. y la máquina de nadie

Un puente terminado, una retroexcavadora sin dueño claro, y cuatro dilemas sobre si existe, o no, un activo o un pasivo.

📘 Versión Estudiante + DocenteDiscusión en equipo · 70–90 min
Caso de estudio tipo Harvard Business School

Un puente terminado, una retroexcavadora sin dueño claro, y cuatro dilemas sobre si existe, o no, un activo o un pasivo.

Trabaje primero la versión Estudiante y responda las preguntas de discusión antes de revelar la Nota de Enseñanza al final de esta página.

CR
Camila Rivas
Analista de Crestwood Corporate Partners
GM
Guillermo
Socio y cofundador de Crestwood Corporate Partners
MC
Mauricio Choque
Fundador y Gerente General de Constructora Illampu S.A. (cliente)

Nota para el lector

Este caso continúa la escena narrada al inicio de la Guía de Estudio de esta misma sesión: Constructora Illampu S.A. acaba de terminar un puente peatonal para el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y se prepara para cerrar sus estados financieros anuales. Todos los hechos, personas y empresas de este caso son ficticios y fueron construidos con fines pedagógicos; no describen clientes ni situaciones reales de Crestwood Corporate Partners S.R.L., ni de ninguna constructora boliviana real.

Cómo está construido: esta es la cuarta aparición consecutiva de Camila Rivas como analista de Crestwood (Sesión 6: aprendió el método de cuatro fases; Sesión 7: lo aplicó con ayuda a un negocio en marcha; Sesión 8: lo aplicó ya con soltura propia a cuatro dilemas de características cualitativas). Aquí Camila lidera la conversación casi por completo, y Guillermo interviene principalmente para introducir los párrafos exactos del Capítulo 4 cuando la intuición de Camila necesita un fundamento textual preciso. El caso no cierra del todo las cuatro resoluciones técnicas: tu trabajo, al leerlo, es evaluar el razonamiento y responder las preguntas de discusión del final con tu propia posición.

I. Un puente terminado y cuatro preguntas que no son de plata, sino de definiciones

Constructora Illampu S.A. es una empresa boliviana de construcción de infraestructura, con sede en La Paz, fundada en 2006 por el ingeniero civil Mauricio Choque. Ejecuta obras para clientes privados y para gobiernos municipales y departamentales. La empresa acaba de entregar un puente peatonal al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto —su obra pública de mayor visibilidad hasta la fecha— y se prepara para cerrar sus estados financieros anuales bajo NIIF Plenas. Illampu es un cliente nuevo de Crestwood Corporate Partners S.R.L.

Anexo 1. Correo de Mauricio Choque (fundador y gerente general, Constructora Illampu S.A.) a Crestwood, 3 de agosto de 2026

MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“Necesito cerrar el balance de este año y mi contador me dejó cuatro cosas sin resolver porque dice que 'no hay factura' para ninguna de las cuatro. Pero a mí me parece que al menos dos de ellas SÍ deberían aparecer en algún lado. Necesito que alguien me explique esto con criterio técnico, no con la regla de siempre de 'sin papel no hay nada'.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Camila, esta vez el problema no es de cuánto vale algo ni de cuándo registrarlo. Las cuatro situaciones de Mauricio son, todas, la misma pregunta hecha de cuatro formas distintas: ¿existe aquí un activo o un pasivo, en el sentido técnico del Marco Conceptual, o no existe? Antes de hablar de un solo boliviano, resuelve esa pregunta para cada una.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entendido. Voy a revisar el detalle de las cuatro situaciones antes de tocar cualquier norma de medición.”

II. Dilema 1 — la retroexcavadora que nadie sabe de quién es

Anexo 2. Nota de campo de Camila, tras visitar la obra

Camila encontró que la retroexcavadora usada durante toda la construcción del puente pertenece, legalmente, a Maquinarias Andinas S.R.L., una empresa de la misma familia Choque (hermano de Mauricio como socio principal). No existe contrato de arrendamiento escrito, ni factura mensual, ni ningún documento formal entre ambas empresas.

MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“Esa máquina la tenemos nosotros desde hace cuatro años. Mi hermano nunca nos ha cobrado nada formal, y nunca la ha pedido de vuelta ni la ha prestado a nadie más — la usamos donde queramos, cuando queramos, sin pedirle permiso cada vez. Pero como no hay contrato ni factura, mi contador dice que no es un activo nuestro.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Fase 1: separo hechos de opinión. Hecho verificado: Illampu decide sin consultar a nadie cuándo, dónde y cómo se usa la retroexcavadora en sus obras. Segundo hecho verificado: en cuatro años, ni Maquinarias Andinas S.R.L. ni ningún tercero ha dirigido su uso ni se la ha quitado a Illampu. Opinión del contador: que la ausencia de contrato y factura significa que no hay activo.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Fase 2, entonces: formula la pregunta real antes de correr a una norma de medición.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“La pregunta no es '¿existe un contrato de arrendamiento?' — no existe. La pregunta real es si Illampu CONTROLA ese recurso económico, en el sentido del Marco Conceptual, con independencia de la propiedad legal.”
CITA TEXTUAL — NIIF, MARCO CONCEPTUAL (FUNDACIÓN IFRS) — MARCO CONCEPTUAL, PÁRRAFOS 4.20 Y 4.22

4.20 Una entidad controla un recurso económico si tiene la capacidad presente de dirigir el uso del recurso económico y obtener los beneficios económicos que pueden proceder de éste. El control incluye la capacidad presente de impedir que terceros dirijan el uso del recurso económico y la obtención de los beneficios económicos que pueden proceder de éste.

4.22 El control de un recurso económico habitualmente surge de la capacidad de exigir los derechos legales. Sin embargo, el control puede surgir también si una entidad tiene otros medios de asegurar que tiene la capacidad presente [...] de dirigir el uso del recurso económico y obtener los beneficios que pueden proceder de éste.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entonces la propiedad legal no es el único camino al control. Si Illampu tiene, en la práctica, la capacidad exclusiva de dirigir el uso de la máquina y obtener sus beneficios —y nadie más, ni siquiera el dueño legal, puede hacerlo—, entonces Illampu controla el recurso económico.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Correcto. ¿Y qué me dices del párrafo 4.25, sobre agentes y principales? Revísalo antes de cerrar esta conclusión — quiero que descartes por ti misma que este no sea, en realidad, el caso contrario.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“El párrafo 4.25 habla de un agente que custodia un recurso controlado por un principal — ahí el recurso NO es del agente. Pero eso no aplica aquí: Illampu no está custodiando la máquina para que Maquinarias Andinas la use o se beneficie de ella. Illampu decide su uso y obtiene sus beneficios de forma exclusiva, sin rendir cuentas de cada uso a su hermana empresa. Es justo el escenario contrario al del agente.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“De acuerdo con tu análisis. Anota esta conclusión para el memorando: la ausencia de contrato escrito no es, por sí sola, razón suficiente para descartar un activo — lo decisivo es el control de facto. Sigamos con el segundo punto de Mauricio.”

III. Dilema 2 — la demanda que el abogado dice que 'casi seguro' no se pierde

Anexo 3. Extracto del informe del abogado externo de Illampu, remitido a Camila

Un proveedor de acero, Aceros del Illimani S.R.L., demandó a Constructora Illampu S.A. por Bs 240,000, alegando incumplimiento de un contrato de suministro durante la obra del puente. El abogado externo de Illampu evaluó el caso.

AB
Abogado externo de Illampu (informe escrito)
“Con base en la documentación revisada, estimo la probabilidad de que Illampu pierda este juicio en aproximadamente 10%. Es una demanda con fundamentos débiles; nuestra defensa es sólida.”
MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“Con 10% de probabilidad, mi contador dice que esto ni siquiera es un pasivo — que como 'casi seguro' no perdemos, no hay nada que registrar ni mencionar.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Fase 1: hecho verificado, existe una demanda por Bs 240,000 con una probabilidad de pérdida estimada del 10% por el abogado externo. Segundo hecho: el contador de Illampu está usando esa baja probabilidad para concluir que NO existe un pasivo, en absoluto.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Y aquí hay algo que quiero verificar antes de aceptar esa lógica, porque me suena a una regla de hace muchos años, no a la que rige hoy.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Buen instinto. Revisa el párrafo 4.38 del Marco Conceptual antes de responderle a Mauricio.”
CITA TEXTUAL — NIIF, MARCO CONCEPTUAL (FUNDACIÓN IFRS) — MARCO CONCEPTUAL, PÁRRAFOS 4.37 Y 4.38

4.37 Para satisfacer este criterio, la obligación debe tener el potencial de requerir que la entidad transfiera un recurso económico a un tercero [...]. Para que exista ese potencial, no se necesita que sea cierto, ni siquiera probable, que se vaya a requerir que la entidad transfiera un recurso económico [...].

4.38 Una obligación puede cumplir la definición de un pasivo incluso si la probabilidad de transferir un recurso económico es baja. No obstante, esa baja probabilidad puede afectar decisiones sobre qué información proporcionar sobre el pasivo y cómo facilitarla, incluyendo decisiones sobre si se reconoce el pasivo [...], y cómo medirlo.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entonces el contador de Illampu se equivoca en el punto exacto: la baja probabilidad del 10% NO significa que no exista un pasivo. La obligación de pagar, si Illampu pierde el juicio, existe ya en potencia, y en al menos esa circunstancia requeriría transferir efectivo. Eso cumple la definición del párrafo 4.26.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Correcto. Pero cuidado — no confundas 'cumple la definición' con 'debe reconocerse y medirse como si fuera a perderse'. Esas son preguntas distintas. ¿Qué le dirías a Mauricio sobre qué sigue después de establecer que sí existe un pasivo, en el sentido del Capítulo 4?”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Que existe un pasivo conceptualmente, pero que si debe aparecer reconocido en el balance como una provisión, o solo revelado en una nota como pasivo contingente, es una pregunta de reconocimiento del Capítulo 5 — no la vamos a cerrar hoy, con el Capítulo 4 solamente.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Exactamente. Y ese es el punto más importante de toda esta sesión: bajo el marco anterior a 2018, la definición misma de pasivo incluía la palabra 'esperado', así que muchos profesionales concluían, como el contador de Illampu, que una baja probabilidad significaba automáticamente que no había pasivo, ni siquiera para mencionarlo. El Marco de 2018 separó esa pregunta a propósito. Anota esto para el memorando, porque se lo vamos a tener que explicar a Mauricio con cuidado.”

IV. Dilema 3 — la garantía que Illampu nunca ha roto en quince años

Anexo 4. Extracto de la política publicada de Constructora Illampu S.A. (sitio web y todas sus propuestas de licitación)

El contrato firmado con el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto exige, por ley boliviana, una garantía de defectos estructurales de un año desde la entrega de la obra. Sin embargo, la política publicada de Illampu —repetida en su sitio web y en las cuarenta y dos propuestas de licitación que ha presentado en quince años— promete tres años de garantía estructural total, y la empresa nunca ha incumplido esa promesa en ninguna de sus obras anteriores.

MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“El contrato con la Alcaldía solo nos obliga a un año. Los otros dos años de garantía son una promesa nuestra, no una obligación legal del contrato. Mi contador dice que, como no está en el contrato, no hay nada que provisionar.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Fase 1: hecho verificado, el contrato legal exige solo un año de garantía. Segundo hecho verificado: la política publicada de Illampu promete tres años, y la empresa la ha cumplido sin excepción en sus cuarenta y dos obras anteriores en quince años. Opinión del contador: que la ausencia de una cláusula contractual elimina cualquier obligación.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Revisa el párrafo 4.31 antes de aceptar esa conclusión.”
CITA TEXTUAL — NIIF, MARCO CONCEPTUAL (FUNDACIÓN IFRS) — MARCO CONCEPTUAL, PÁRRAFO 4.31

4.31 Muchas obligaciones se establecen por contrato, legislación o medios similares y son legalmente exigibles por la parte (o partes) a quienes se les deben. Las obligaciones pueden también surgir, sin embargo, de las prácticas tradicionales de una entidad, políticas publicadas o declaraciones específicas, si la entidad no tiene la capacidad práctica de actuar de forma incongruente con esas prácticas, políticas o declaraciones. La obligación que surge en estas situaciones se describe, a menudo, como una 'obligación implícita'.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entonces la pregunta no es si está en el contrato — es si Illampu tiene, en la práctica, la capacidad de dejar de cumplir su propia política sin consecuencias serias.”
MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“Honestamente, no. Si dejáramos de cumplir la garantía de tres años justo después de entregar el puente más visible que hemos construido, perderíamos toda credibilidad para las próximas licitaciones públicas. Prácticamente viviríamos de contratos privados nada más, y esos son mucho menos frecuentes.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Ahí tienes tu respuesta, Camila, pero quiero que la sustentes con el párrafo correcto — no basta con la intuición de que 'sería malo para el negocio'. Revisa el 4.34.”
CITA TEXTUAL — NIIF, MARCO CONCEPTUAL (FUNDACIÓN IFRS) — MARCO CONCEPTUAL, PÁRRAFO 4.34

4.34 [...] en algunos casos, una entidad puede no tener la capacidad práctica de evitar una transferencia si cualquier acción que pudiera tomar para evitarla tuviera consecuencias económicas significativamente más adversas que la transferencia misma. Sin embargo, ni la intención de realizar una transferencia, ni una alta probabilidad de ésta, es razón suficiente para concluir que la entidad no tiene la capacidad práctica de evitar dicha transferencia.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entonces no basta con decir 'siempre lo hemos hecho así' o 'tenemos la intención de seguir haciéndolo'. Lo que hay que documentar es que las consecuencias de romper el patrón —perder la elegibilidad en licitaciones públicas futuras, dañar la reputación construida en quince años— son significativamente más adversas que seguir cumpliendo la garantía extendida.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Exacto. Con esa evidencia documentada —los cuarenta y dos antecedentes, la política publicada, la dependencia real de contratos públicos—, Illampu tiene una obligación implícita por los dos años adicionales de garantía, en el sentido del párrafo 4.31, aunque ningún contrato lo exija literalmente. Eso es un pasivo, conceptualmente, desde ya.”

V. Dilema 4 — el contrato de acero que hoy le conviene a Illampu

Anexo 5. Extracto del contrato a futuro de suministro de acero, firmado hace seis meses

Hace seis meses, Constructora Illampu S.A. firmó un contrato a futuro con un proveedor para comprar 500 toneladas de acero de refuerzo, a un precio fijo de Bs 8,500 por tonelada, con entrega en ocho meses, para un proyecto que todavía no ha comenzado. Ninguna de las dos partes ha entregado ni pagado nada todavía. El precio de mercado del acero ha subido, desde entonces, a Bs 10,200 por tonelada.

MA
Mauricio Choque (fundador, Constructora Illampu S.A.)
“Ese contrato hoy nos conviene muchísimo — compraríamos por debajo del precio de mercado. Pero mi contador dice que como nadie ha entregado nada ni se ha pagado nada, no hay absolutamente nada que registrar.”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Fase 1: hecho verificado, el contrato fija un precio de Bs 8,500 por tonelada; el precio de mercado hoy es Bs 10,200. Diferencia favorable de Bs 1,700 por tonelada, sobre 500 toneladas: Bs 850,000 de valor favorable, si se ejecutara hoy. Segundo hecho: ninguna parte ha cumplido ninguna obligación del contrato todavía.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Eso que acabas de describir tiene nombre técnico en el Marco Conceptual. Revísalo antes de decirle a Mauricio que 'no hay nada'.”
CITA TEXTUAL — NIIF, MARCO CONCEPTUAL (FUNDACIÓN IFRS) — MARCO CONCEPTUAL, PÁRRAFOS 4.56 Y 4.57

4.56 Un contrato pendiente de ejecución es un contrato [...] que está sin realizar en partes iguales—ninguna parte ha cumplido ninguna de sus obligaciones [...].

4.57 Un contrato pendiente de ejecución establece un derecho y una obligación combinados para intercambiar recursos económicos. El derecho y obligación son interdependientes y no pueden separarse. Por ello, el derecho y la obligación combinados constituyen un activo o pasivo único. La entidad tiene un activo si los términos del intercambio le son favorables en este momento [...]. Incluir o no un activo o pasivo en los estados financieros depende de los criterios de reconocimiento [...] y de la base de medición [...] seleccionada.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Entonces el contrato SÍ constituye, conceptualmente, un activo desde ahora —un derecho y una obligación combinados, inseparables, que hoy le son favorables a Illampu—, aunque nada se haya entregado ni facturado todavía.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Correcto. Y aquí quiero que no cometas el error contrario al de Mauricio: que este contrato cumpla la definición de activo hoy no significa automáticamente que debas decirle 'anota Bs 850,000 en el balance mañana'. ¿Por qué no?”
CA
Camila (analista de Crestwood)
“Porque, otra vez, si se reconoce y por cuánto se mide es una pregunta de los Capítulos 5 y 6, no del Capítulo 4. Lo único que puedo afirmar con la Sesión de hoy es que el elemento existe conceptualmente — no puedo todavía decirle a Mauricio cómo ni cuándo aparecería en su balance.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Esa es exactamente la disciplina que quería ver hoy: distinguir con precisión, en los cuatro dilemas, lo que el Capítulo 4 sí resuelve —si existe el elemento— de lo que deliberadamente deja para más adelante —si se reconoce y por cuánto—. Preparemos el memorando para Mauricio con esa misma estructura.”

VI. Cierre — el memorando que Camila todavía está redactando

Al cierre de la jornada, Camila tenía una posición clara sobre la existencia de los cuatro elementos, pero no sobre su reconocimiento ni su medición.

CA
Camila (analista de Crestwood)
“Tengo claro que la retroexcavadora es un activo de Illampu por control de facto, que la demanda de Aceros del Illimani cumple la definición de pasivo pese a su baja probabilidad, que la garantía extendida es una obligación implícita, y que el contrato de acero es un activo por ser un contrato pendiente de ejecución hoy favorable. Lo que todavía no puedo decirle a Mauricio es CÓMO ni CUÁNDO aparecería cada uno de estos cuatro elementos en su balance, ni por qué importe exacto.”
GU
Guillermo (socio, Crestwood)
“Y está perfectamente bien que no lo tengas todavía — esa es, literalmente, la materia de las próximas dos sesiones del programa. Lo que hiciste hoy, resolver con precisión si cada elemento EXISTE antes de preguntarte cómo medirlo, es exactamente la disciplina que la mayoría de los contadores se salta sin darse cuenta.”

El memorando final para Mauricio Choque, con el tratamiento de reconocimiento y medición de los cuatro elementos, queda pendiente de las Sesiones Globales N° 10 y 11 de este programa. Las preguntas de discusión que siguen te invitan a construir, tú mismo, un primer borrador de ese memorando —solo en la parte de definición— antes de compararlo con el análisis que hizo el equipo de Crestwood.

VII. Preguntas para la discusión

Para trabajar en grupo o de forma individual (no hay una única respuesta correcta):

Uso exclusivo del docente / facilitador

NOTA DE ENSEÑANZA

1. Sinopsis del caso

Constructora Illampu S.A., empresa boliviana de infraestructura fundada por el ingeniero Mauricio Choque, acaba de entregar un puente peatonal al Gobierno Autónomo Municipal de El Alto y cierra su balance anual bajo NIIF Plenas. Su contador interno aplica una regla informal —'sin factura, no hay activo ni pasivo'— a cuatro situaciones que Crestwood Corporate Partners S.R.L. es contratada para resolver: (1) si una retroexcavadora usada sin contrato escrito, propiedad legal de una empresa hermana del mismo grupo familiar, es un activo de Illampu por control de facto; (2) si una demanda de un proveedor de acero por Bs 240,000, con una probabilidad de pérdida estimada del 10% por el abogado externo, cumple la definición de un pasivo pese a su baja probabilidad; (3) si una garantía estructural extendida de tres años —dos años más allá del mínimo legal de uno—, publicada y cumplida sin excepción en 42 obras a lo largo de 15 años, constituye una obligación implícita; y (4) si un contrato a futuro de compra de acero, firmado hace seis meses y hoy favorable por la subida del precio de mercado, constituye un activo pese a que ninguna parte ha entregado ni pagado nada todavía. Camila Rivas, en su cuarta aparición consecutiva en el programa, lidera el análisis con considerable autonomía, y Guillermo interviene principalmente para anclar cada conclusión en el párrafo textual exacto del Capítulo 4 del Marco Conceptual. El caso termina deliberadamente sin resolver reconocimiento ni medición, dejando esa resolución para las Sesiones Globales N° 10 y 11.

2. Objetivos de aprendizaje

Pulsa sobre cada nodo para ampliar el contenido.
2. Objetivos de aprendizaje

3. Ubicación curricular

Corresponde al Módulo 1, Sesión Global N° 9 del Programa Integral de Estudio NIIF (Elementos de los estados financieros — Capítulo 4 del Marco Conceptual del IASB, versión 2018), tercera sesión temática del módulo de Marco Conceptual tras las Sesiones Globales N° 7 (objetivo de los EEFF y usuarios principales) y N° 8 (características cualitativas). Acompaña a la Guía de Estudio, al documento de Jurisprudencia y al Excel interactivo de esta misma sesión, que comparten los mismos personajes, empresa y cifras. Aplica el método de cuatro fases presentado en la Sesión Global N° 6 y ya practicado en las Sesiones 7 y 8. Es, además, la base conceptual directa de las Sesiones 10 (reconocimiento y baja en cuentas) y 11 (bases de medición): los cuatro dilemas de este caso se retoman explícitamente en ambas sesiones futuras para resolver su reconocimiento y medición.

4. Plan de discusión sugerido (90 minutos)

BloqueMinutosContenido
Apertura10Contexto: quién es Constructora Illampu S.A., y por qué las cuatro situaciones de Mauricio no son preguntas de cuánto sino de si existe o no un elemento.
Dilema 1 — Control sin propiedad legal15Discusión de las preguntas 1 y 2. Énfasis en que el control (4.20) no exige propiedad legal (4.22), y en distinguir esto del escenario agente-principal (4.25).
Dilema 2 — Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidad20Discusión de la pregunta 3. Es el punto conceptual más denso del caso: por qué el Marco 2018 separó definición de reconocimiento, a diferencia del Marco 1989/2010.
Dilema 3 — Obligación implícita20Discusión de la pregunta 4. Énfasis en que ni la intención ni la alta probabilidad (4.34) bastan; se requiere evidencia de ausencia de capacidad práctica de evitar.
Dilema 4 — Contrato pendiente de ejecución favorable15Discusión de las preguntas 5 y 6.
Cierre y síntesis10Discusión de las preguntas 7 y 8: cada grupo redacta su propia explicación de la distinción definición/reconocimiento antes de revelar el epílogo sugerido.

5. Análisis sugerido por pregunta de discusión

PreguntaLínea de análisis sugerida
1Illampu cumple los dos elementos del párrafo 4.20: (a) capacidad presente de dirigir el uso del recurso (decide cuándo, dónde y cómo se usa, sin autorización previa); y (b) capacidad de obtener sus beneficios económicos e impedir que terceros lo hagan (ni Maquinarias Andinas ni nadie más ha dirigido su uso ni se ha beneficiado de ella en cuatro años). El párrafo 4.25 no cambia la conclusión porque Illampu no está custodiando la máquina en nombre y para beneficio de un principal — es exactamente el escenario inverso: Illampu es quien dirige el uso y obtiene los beneficios de forma exclusiva.
2Ejercicio abierto de variación del caso. Una respuesta razonable: si Maquinarias Andinas pudiera reclamar la máquina en cualquier momento para usarla en sus propias obras, o si Illampu necesitara autorización previa para cada uso, entonces Maquinarias Andinas retendría la capacidad de dirigir el uso y de impedir que Illampu lo hiciera exclusivamente — en ese caso, Illampu no controlaría el recurso en el sentido del párrafo 4.20.
3Bajo el Marco 2018 (párrafos 4.37-4.38), una obligación cumple la definición de pasivo si tiene el potencial de requerir una transferencia, sin que se exija que sea cierto ni probable — el 10% de probabilidad no elimina la definición, solo afecta la decisión posterior de reconocimiento y medición (Capítulo 5, Sesión 10). Bajo el Marco de 1989/2010, la propia definición de pasivo incorporaba la frase 'la entidad ESPERA desprenderse de recursos', lo que llevaba a muchos profesionales a interpretar 'esperado' como un umbral de probabilidad y a concluir, incorrectamente según el criterio actual, que una probabilidad del 10% ni siquiera generaba un pasivo que mencionar. Los Fundamentos de las Conclusiones (FC4.9, FC4.14) documentan que el Consejo eliminó deliberadamente esa ambigüedad.
4Se espera que el estudiante reconozca que la intención y la alta probabilidad de seguir cumpliendo la garantía NO bastan, por sí solas (párr. 4.34); se necesita evidencia de que las consecuencias de romper el patrón serían significativamente más adversas que seguir cumpliéndolo. Evidencia adicional razonable: contratos de licitación pública que exigen historial de cumplimiento de garantías como requisito de elegibilidad, cartas de clientes anteriores confirmando el cumplimiento de la garantía extendida, o políticas internas de la empresa que documenten el compromiso como estándar corporativo no negociable.
5Con un precio de mercado de Bs 7,800 (por debajo del precio contractual de Bs 8,500), el contrato le sería DESFAVORABLE a Illampu (compraría por encima del mercado). Bajo el párrafo 4.57, el contrato seguiría siendo un contrato pendiente de ejecución, pero ahora constituiría un PASIVO de Illampu, no un activo — el derecho y la obligación combinados son un elemento único cuyo signo (activo o pasivo) depende de si los términos le son favorables o desfavorables en cada momento.
6Ejercicio abierto. Para el Dilema 4, por ejemplo, un lector necesitaría saber si el contrato es o no un instrumento financiero derivado bajo NIIF 9 (lo que determinaría si debe medirse a valor razonable con cambios en resultados incluso antes de la entrega), o si la naturaleza del acero como insumo operativo lo mantiene fuera del alcance de NIIF 9 y sujeto a las reglas generales de reconocimiento de contratos pendientes de ejecución — información que el Capítulo 4 no resuelve por sí solo.
7Ejercicio de discusión abierta. Una línea de análisis válida: el Dilema 3 (obligación implícita) es más vulnerable a la contaminación del juicio profesional por la preferencia de la gerencia, porque depende enteramente de una evaluación cualitativa de 'capacidad práctica de evitar' sin un ancla numérica externa (como sí la tiene, parcialmente, el 10% del abogado externo en el Dilema 2); la gerencia podría verse tentada a minimizar la fuerza de su propio patrón de cumplimiento para evitar reconocer un pasivo.
8Ejercicio abierto de redacción; la Sección 6 de la Nota de Enseñanza da la resolución técnica completa de cada dilema como referencia para calificar las explicaciones que escriban los estudiantes.

6. Resolución técnica completa de los cuatro dilemas (revelar solo al cierre de la discusión)

La retroexcavadora, aunque de propiedad legal de Maquinarias Andinas S.R.L., es un activo de Constructora Illampu S.A. bajo el Marco Conceptual, porque Illampu tiene la capacidad presente de dirigir su uso y obtener sus beneficios económicos, y ningún tercero —ni siquiera su propietaria legal— tiene esa capacidad de forma simultánea (párrafo 4.20). El control puede surgir de medios distintos a los derechos legales exigibles (párrafo 4.22), y el escenario no corresponde a una relación agente-principal del párrafo 4.25, porque Illampu no custodia el recurso en nombre de un tercero, sino que dirige su uso y obtiene sus beneficios de forma exclusiva y autónoma. Conclusión: la ausencia de contrato escrito no es, por sí sola, razón para descartar la existencia de un activo.

Dilema 2 — Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidad

La demanda de Aceros del Illimani S.R.L. por Bs 240,000, pese a la baja probabilidad de pérdida estimada por el abogado externo (10%), cumple la definición de un pasivo bajo el Marco Conceptual de 2018: existe una obligación con el potencial de requerir una transferencia de recursos económicos, y ese potencial no requiere ser cierto ni probable (párrafos 4.37-4.38). La baja probabilidad afecta únicamente las decisiones posteriores de reconocimiento (Capítulo 5) y medición (Capítulo 6), no la existencia del elemento. Esto contrasta explícitamente con el enfoque del Marco de 1989/2010, cuya propia definición de pasivo incorporaba el concepto de flujo 'esperado' de recursos, generando la confusión —documentada en FC4.3 y FC4.9— de que la baja probabilidad excluía la definición misma.

Dilema 3 — Obligación implícita

La garantía estructural extendida de tres años —dos años más allá del mínimo legal de uno— constituye una obligación implícita bajo el párrafo 4.31: surge de una práctica tradicional y una política publicada, y las consecuencias de romper ese patrón (pérdida de elegibilidad en licitaciones públicas futuras, daño reputacional severo tras la entrega de su obra pública más visible) son, según el testimonio documentado de Mauricio Choque, significativamente más adversas que seguir cumpliéndola (párrafo 4.34). Ni la mera intención de Illampu de seguir cumpliendo, ni la alta probabilidad de que lo haga, bastarían por sí solas (párrafo 4.34) — es la evidencia concreta de las consecuencias adversas de incumplir lo que sustenta la conclusión de que existe una obligación presente.

Dilema 4 — Contrato pendiente de ejecución favorable

El contrato a futuro de compra de 500 toneladas de acero a Bs 8,500 por tonelada, frente a un precio de mercado de Bs 10,200, es un contrato pendiente de ejecución (párrafo 4.56, pues ninguna parte ha cumplido ninguna obligación) que hoy es favorable a Illampu, y por tanto constituye, conceptualmente, un activo único e inseparable (derecho y obligación combinados, párrafo 4.57), con un valor favorable potencial de Bs 850,000 (500 toneladas × Bs 1,700 de diferencia). Si el precio de mercado bajara por debajo del precio contractual, el mismo contrato se convertiría en un pasivo. En ambos casos, si el elemento se reconoce en los estados financieros primarios, y por qué importe, depende de los criterios de reconocimiento y medición de los Capítulos 5 y 6 — expresamente fuera del alcance de esta sesión.

7. Vinculación técnica-normativa

DilemaConcepto central del Capítulo 4Referencia normativa principal
1 — Retroexcavadora sin contratoControl de un recurso económico (activo)Marco Conceptual, párr. 4.19-4.25
2 — Demanda de Aceros del Illimani (10% de probabilidad)Definición vs. reconocimiento de un pasivo de baja probabilidadMarco Conceptual, párr. 4.36-4.38; FC4.9, FC4.14
3 — Garantía extendida de tres añosObligación implícita; capacidad práctica de evitarMarco Conceptual, párr. 4.28-4.35; FC4.49-FC4.57
4 — Contrato a futuro de aceroContrato pendiente de ejecuciónMarco Conceptual, párr. 4.56-4.58

8. Epílogo sugerido (revelar solo al cierre de la discusión)

Como construcción pedagógica para cerrar la discusión, puede plantearse que Camila y Guillermo prepararon, en las semanas siguientes, un memorando de definición para Mauricio Choque con las cuatro conclusiones de la Sección 6 de esta Nota de Enseñanza, dejando explícitamente pendiente —y programada para las próximas dos asesorías— la resolución de reconocimiento y medición de cada elemento. Puede preguntarse al grupo qué habría pasado si Illampu hubiera seguido la regla informal de su contador ('sin factura, no hay nada'): ¿qué información relevante habría quedado invisible para el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, para un banco, o para cualquier otro usuario principal de sus estados financieros?

9. Rúbrica de evaluación (si el caso se usa como evaluación escrita)

NivelDescripción
BásicoIdentifica que las cuatro situaciones de Illampu podrían ser activos o pasivos, pero se apoya en la regla informal de 'hay o no hay factura' en lugar de aplicar los criterios textuales del Capítulo 4.
IntermedioAplica correctamente el criterio de control (Dilema 1) y de contrato pendiente de ejecución (Dilema 4), pero concluye erróneamente que la baja probabilidad del Dilema 2 excluye la definición de pasivo, o no distingue con precisión obligación implícita de mera intención en el Dilema 3.
ExpertoAplica con precisión los tres criterios acumulativos de la definición de pasivo, distingue con claridad definición de reconocimiento en los cuatro dilemas sin resolver prematuramente esta última, y explica correctamente por qué el Marco 1989/2010 habría tratado el Dilema 2 de forma distinta, citando los párrafos de los Fundamentos de las Conclusiones pertinentes.

10. Notas de fuentes

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10. Notas de fuentes

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